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Descripción del trámite
El IDPC evalúa interdisciplinariamente las solicitudes de anteproyecto de intervención en los Bienes de Interés Cultural del ámbito Distrital, con el fin de proteger, salvaguardar, recuperar y conservar, verificando el cumplimiento de las normas patrimoniales, técnicas y urbanísticas, como requisito previo a las solicitudes de licencias urbanísticas.
Tiempo de respuesta
65 días hábiles contados a partir de la fecha en que se radican los documentos de forma correcta y completa.
Costo del trámite
El trámite no tiene ningún costo.
Modalidades de intervención
Obra nueva: Son las obras de edificación en terrenos no construidos o cuya área esté libre por autorización de demolición total, dirigidas a consolidar las calidades que brindan unidad al conjunto y mantener o recuperar las características particulares del contexto del BIC.
Ampliación: Son las obras para incrementar el área construida de una edificación existente.
Adecuación funcional: Son las obras tendientes para cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando la permanencia total o parcial del inmueble original.
Modificación: Son las obras tendientes para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente sin incrementar su área construida.
Restauración: Son las obras tendientes a recuperar y adaptar un inmueble o una parte de éste con el fin de conservar y revelar sus valores estéticos, históricos y simbólicos. Se fundamenta en el respeto a la integridad y la autenticidad.
Cerramiento: Es la obra consistente para encerrar un predio que no sea de espacio público, para evitar el saqueo de elementos o partes del inmueble.
Reconstrucción: Es la autorización que se otorga para volver a construir edificaciones que contaban con licencia o con acto de reconocimiento y que fueron afectadas por la ocurrencia de algún siniestro.
Reforzamiento: Es la consolidación de la estructura de uno o varios inmuebles, con el objeto de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sismo resistente de acuerdo con los requisitos de la Ley 400 de 1997 o la norma que la adicione, modifique o sustituya y su reglamento.
Demolición parcial o total: Obra consistente en derribar total o parcialmente una o varias edificaciones existentes en uno o varios predios y que deberá adelantarse de manera simultánea con cualquier otro tipo de obra. Así mismo se incluye también los tipos de obra contemplados en el Decreto Nacional 2358 del 2019, la aprobación de estos proyectos tiene una vigencia de 36 meses prorrogables por una sola vez por un plazo adicional de 12 meses.
Requisitos y proceso
PARA INMUEBLES SOMETIDOS AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL SE DEBERÁN ANEXAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
PARA PROYECTOS QUE INVOLUCREN DISEÑO ESTRUCTURAL SE DEBERÁ ANEXAR LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
Formulario
Canal telefónico
Para consultas, inquietudes y solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual puede llamar de lunes a viernes de 8am a 5pm (Jornada continua), a los siguientes teléfonos:
1. (601) 355 0800 Ext. 5020
2. Celular: 315 869 5159
3. Línea gratuita: 195
Importante: Para agendar una cita se requiere nombre de la persona que asistirá, cédula, número de contacto, correo electrónico y descripción de la consulta o inquietud.
Canal virtual
El IDPC cuenta con los siguientes canales virtuales:
1. Correos electrónicos:
Para este trámite el IDPC pone a disposición de la ciudadanía dos correos electrónicos:
* atencionciudadania@idpc.gov.co, para presentar consultas o inquietudes a la entidad y para solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual los días martes únicamente.
* correspondencia@idpc.gov.co, para la presentación y entrega de los documentos y solicitudes formales ante el IDPC.
Importante:
2. Plataforma A un clic del patrimonio
Plataforma en la cual puede presentar su solicitud.
https://aunclicdelpatrimonio.idpc.gov.co/
Importante:
3. Ventanilla Única de la Construcción
* https://vucapp.habitatbogota.gov.co/ para solicitud de citas de Asesoría Técnica presencial los días martes y para entrega de documentación.
Puntos de atención
El IDPC cuenta con los siguientes puntos de atención:
1. Punto de atención y orientación: Sede Palomar del Príncipe. Calle 12B # 2-96
2. Punto de Correspondencia: Casa Pardo. Calle 12b No 2-91
Horario: lunes a viernes de 8am a 5pm (Jornada continua).
Recuerde que las citas para Asesoría Técnica Personalizada se realizan de forma presencial o virtual los días martes 8:00am a 4:00pm.
Tenga en cuenta
Una vez realizada la evaluación, si se identifica la necesidad de aclarar o complementar la información, para poder tomar una decisión de fondo el Instituto realizará un único requerimiento solicitando dicha información, para lo cual el solicitante tendrá un mes prorrogable a un mes más, para radicar la respuesta al requerimiento. En ningún caso se adelantará evaluación con información que se envíe posterior a la fecha del vencimiento del término indicado.
1. La solicitud de evaluación de anteproyecto la puede solicitar el propietario o poseedor, directamente o a través de un apoderado.
2. El formulario de solicitud de intervención de anteproyecto, deberá ser suscrito únicamente por el solicitante o su apoderado en presencia del funcionario encargado y en el momento de hacer la radicación.
3. El ciudadano debe allegar la totalidad de la documentación requerida en el formato dispuesto por la entidad.
4. La documentación deberá ser revisada por el encargado en donde se le comunicará si su trámite se encuentra completo o incompleto.
5. Si faltare uno de los requisitos, la documentación de la solicitud será recibida, no obstante, no iniciara proceso de evaluación hasta tanto no se complete la totalidad de los documentos, lo cual se le informará al momento de la radicación, y sólo a partir del momento en que complete la documentación requerida iniciará a correr los términos de respuesta para la entidad frente a la solicitud de las diferentes actuaciones administrativas.
6 . Si se radica la solicitud incompleta el solicitante tendrá un (1) mes para completarla, de lo contrario se entenderá como desistido tácitamente y procederá su archivo; conforme a la Ley 1437 de 2011: “Por la cual se expide el Código de Procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo CPACA"
7. En caso de aprobarse la solicitud de intervención de anteproyecto o de reparaciones locativas, se emitirá por parte del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural la respectiva resolución de aprobación, la cual cuenta con una vigencia de (36) meses a partir de la fecha de notificación del documento.
Normatividad
Descripción del trámite
El IDPC realiza la evaluación de solicitudes de autorización de publicidad exterior visual en bienes de interés cultural del Distrito capital bajo lo establecido en la normativa señalada y en las intervenciones locativas permitidas tanto en Sectores como en Inmuebles de Interés Cultural y aquellos colindantes para conservar los valores arquitectónicos, urbanísticos, ambientales, culturales, históricos y simbólicos del paisaje urbano y del inmueble a intervenir.
Duración del trámite
Este trámite tiene un tiempo de evaluación de 30 días hábiles, proceso en el cual el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural emitirá Concepto de Viabilidad o No viabilidad, el cual es el documento requerido por la Secretaría Distrital de Ambiente para dar el permiso definitivo para la instalación de Publicidad exterior visual.
Costo del trámite
El trámite no tiene ningún costo.
Requisitos y proceso
DE ORDEN JURÍDICO:
DE ORDEN TÉCNICO:
a) Introducción.
b) Localización.
c) Justificación.
d) Criterios de valoración del BIC y relación del aviso y su contexto.
e) Ficha informativa.
F) planos de fachada.
G) planos de perfil.
h) Fotografías a color.
Formularios
Canal telefónico
Para consultas, inquietudes y solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual puede llamar a los siguientes teléfonos:
1. (601) 355 0800 Ext. 5020
2. Celular: 315 869 5159
3. Línea gratuita: 195
Importante: Para agendar una cita se requiere: nombre de la persona que asistirá, cédula, número de contacto, correo electrónico, dirección del predio y descripción de la consulta o inquietud.
Canal virtual
Para este trámite el IDPC pone a disposición de la ciudadanía dos correos electrónicos:
Correos electrónicos:
* atencionciudadania@idpc.gov.co, para presentar consultas o inquietudes a la entidad y para solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual los días martes únicamente.
Importante:
* correspondencia@idpc.gov.co, para la presentación y entrega de los documentos y solicitudes formales ante el IDPC.
Importante:
Puntos de atención
El IDPC cuenta con los siguientes puntos de atención:
1. Punto de atención y orientación: Sede Palomar del Príncipe. Calle 12B # 2-96
2. Punto de Correspondencia: Casa Pardo. Calle 12b No 2-91
Horario: lunes a viernes de 8am a 5pm (Jornada continua).
Recuerde que las citas para Asesoría Técnica Personalizada se realizan de forma presencial o virtual los días martes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Tenga en cuenta
El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural podrá requerir información adicional de acuerdo con el tipo de intervención solicitada.
El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, informa que en virtud del Artículo 8 de la Resolución 170 de 2011, el trámite iniciará solamente a partir de la radicación de la totalidad de la documentación requerida. La subsanación de documentos faltantes deberá ser atendida en un término no mayor a treinta (30) días hábiles, en caso de no recibir dicha información, se entenderá como desistida y procederá su archivo.
Normatividad
Descripción del trámite
El IDPC en cumplimiento de sus competencias establece los requisitos para evaluar las solicitudes de intervención de los Bienes Muebles y Monumentos de patrimonio cultural del espacio público del Distrito Capital, a través de la verificación de los requisitos establecidos en la normatividad vigente.
Descargue el Formulario de Intervención de Bienes Muebles y Monumentos en Espacio Público.
Tiempo de respuesta:
30 días hábiles.
Costo del trámite:
El trámite no tiene ningún costo.
Requisitos y proceso
En caso de conservación- restauración, traslados y conservación preventiva- protección temporal:
Formularios
Canal telefónico
Para consultas, inquietudes y solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual puede llamar a los siguientes teléfonos:
1. (601) 355 0800 Ext. 5020
2. Celular: 315 869 5159
3. Línea gratuita: 195
Importante: Para agendar una cita se requiere: nombre de la persona que asistirá, cédula, número de contacto, correo electrónico, dirección del predio y descripción de la consulta o inquietud.
Canal virtual
Para este trámite el IDPC pone a disposición de la ciudadanía dos correos electrónicos:
Correos electrónicos:
* atencionciudadania@idpc.gov.co, para presentar consultas o inquietudes a la entidad y para solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual los días martes únicamente.
Importante:
* correspondencia@idpc.gov.co, para la presentación y entrega de los documentos y solicitudes formales ante el IDPC.
Importante:
Puntos de atención
El IDPC cuenta con los siguientes puntos de atención:
1. Punto de atención y orientación: Sede Palomar del Príncipe. Calle 12B # 2-96
2. Punto de Correspondencia: Casa Pardo. Calle 12b No 2-91
Horario: lunes a viernes de 8am a 5pm (Jornada continua).
Recuerde que las citas para Asesoría Técnica Personalizada se realizan de forma presencial o virtual los días martes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Tenga en cuenta:
Horario: lunes a viernes de 8am a 5pm (Jornada continua). De igual manera, cualquier radicación puede ser remitida a través del correo electrónico: correspondencia@idpc.gov.co
Las citas para Asesoría Técnica Personalizada se continuarán realizando de forma presencial y virtual los días martes. Para agendamiento de una cita, puede comunicarse a la línea telefónica 601 3550800 ext. 5020, al celular 3158695159, o al correo atencionciudadania@idpc.gov.co.
Así mismo, cualquier inquietud, puede ser remitida a estos canales de atención.
Normatividad
Descripción del Trámite
El IDPC asesora, acompaña y evalúa interdisciplinariamente las solicitudes para la expedición Licencias de Intervención y Ocupación del Espacio Público -LIOEP, en públicos con valor patrimonial, espacios públicos declarados como Bienes de Interés Cultural, así como el espacio público localizado en los sectores de interés urbanístico, conforme a lo establecido en el artículo 145 del Decreto Distrital 555 de 2021 -POT, y en relación con lo indicado en el Decreto Nacional 1077 de 2015, con el fin de proteger, salvaguardar, recuperar y conservar los valores arquitectónicos, urbanísticos, ambientales, culturales, históricos y simbólicos del paisaje urbano y su espacio público, aportando así en la revitalización urbana de sectores con alto valor patrimonial de la ciudad de Bogotá D.C.
Resulta pertinente aclarar que la evaluación integral de la solicitud, sólo iniciará a partir de la verificación de los documentos radicados en legal y debida forma, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nacional 1077 de 2015 artículo 2.2.6.1.2.2.3 De la revisión del proyecto (…), de la siguiente manera: “Si bien la revisión del proyecto se podrá iniciar a partir del día siguiente de la radicación, los términos para resolver la solicitud empezarán a correr una vez haya sido radicada en legal y debida forma”.
Tiempo de respuesta:
45 días hábiles.
Costo del trámite:
Este trámite no tiene ningún costo.
Requisitos
Los requisitos que exigirá el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural para la expedición de Licencias de Intervención y Ocupación del Espacio Público - LIOEP, corresponderán a los definidos por las normas nacionales que regulen el asunto. Los requisitos comunes son:
1. Formulario Único Nacional (https://minvivienda.gov.co/sites/default/files/normativa/resolucion1026_2021.pdf ) debidamente diligenciado por el solicitante.
2. Fotocopia del documento de identidad del solicitante cuando se trate de personas naturales.
2.1. En caso de ser persona jurídica, se verificará que estén constituidos y representados legalmente y se deberá anexar la siguiente documentación:
a) Si se trata de una Unión Temporal o Consorcio, se deberá anexar el documento que acredite la creación y conformación de este, el documento de identificación del representante y certificado de existencia y representación legal de sus integrantes y copia del RUT.
b) Cuando se trate de entidades públicas, se requiere el decreto y/o resolución de nombramiento del representante legal de la entidad solicitante.
3. Poder especial debidamente otorgado, ante notario o juez de la República, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario, con la correspondiente presentación personal.
4. Descripción del proyecto, indicando lo siguiente:
a) Justificación: Realizar una breve descripción del estado actual del espacio público objeto a intervenir, identificando cuadro de áreas y polígono de intervención. Así mismo, especificar la condición que presenta el espacio público para ser espacio público patrimonial (si este espacio público se encuentra localizado en un Sector de Interés Urbanístico, si el espacio público cuenta con declaratoria individual como Bien de Interés Cultural - BIC, si se encuentra en un área de protección del entorno patrimonial de un Bien de Interés Cultural - BIC Arquitectónico N1 o Bien de Interés Cultural - BIC del Grupo urbano o si se hace parte de la zona de influencia de un Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional).
b) Análisis y valoración de la singularidad y/o representatividad del espacio público objeto de intervención: Realizar una descripción de las condiciones por las cuales ese espacio público se considera representativo o singular (por sus aspectos históricos, simbólicos, estéticos, morfo-tipológicos, ambientales, por sus actividades o manifestaciones culturales, etc.), aplicando los criterios de valoración previstos en el Decreto Nacional 1080 de 2015 o la norma que lo modifique.
En todo caso, será necesario explicar la relación que tiene este espacio público objeto de la solicitud con el Bien de Interés Cultural - BIC (del grupo arquitectónico o del grupo urbano) y aclarar, según sea el caso, que la cercanía a un bien patrimonial es lo que le otorga la particularidad de Espacio Público Patrimonial.
c) Criterios de intervención y descripción de la propuesta: Descripción de las características generales y el alcance de la propuesta (modalidad de intervención según lo establecido en el Decreto Nacional 1077 de 2015), así como las especificaciones de diseño y construcción en cuanto a materiales, acabados, mobiliario urbano, sistema constructivo, tipo de obras o actividades a realizar, etc.
Toda propuesta deberá ajustarse a la normativa actual vigente esto es, cartilla del espacio público del Distrito, cartilla de mobiliario urbano, normas NTC de accesibilidad, etc.
La descripción del proyecto puede ir acompañada de esquemas, dibujos, previsualizaciones, infografías y todo material gráfico de soporte que den cuenta de la propuesta de intervención en el espacio público patrimonial.
En caso tal que la intervención constituya la instalación de infraestructura de telecomunicaciones se deberá complementar la información con un estudio de visuales en el que se aclaren las afectaciones al paisaje y al entorno del sector y del BIC.
5. Planos de diseño del proyecto en planta y en perfil, en medio magnético (formato PDF) a escala amplia, debidamente acotados y rotulados indicando la identificación del solicitante, la escala, el contenido del plano y la orientación norte. Los planos deben estar firmados por el profesional responsable del diseño y deben contener la siguiente información:
5.1. Localización del proyecto en el espacio público a intervenir: en escala 1:250 o 1:200 que guarde concordancia con los cuadros de áreas y mojones del plano urbanístico, cuando este exista. Con el fin de determinar la localización específica de la intervención, en los planos se debe señalar lo siguiente:
• Nomenclatura urbana vigente, calle, carrera, diagonal, transversal etc.
• Código de Identificación Vial (CIV) de la vía donde se hará la intervención.
• Para la verificación del área del espacio público a intervenir en alamedas, plazas plazoletas, controles ambientales entre otros se puede consultar el RUPI (código de identificación de los predios) en el sistema de información de la Defensoría del Espacio Público, Sistema de Información Geográfica Distrital de Espacio Público-SIGDEP).
5.2. Cuadro de áreas: que determine índices de ocupación, porcentajes de zonas duras, zonas verdes, áreas libres y construidas según sea el caso y cuadro de arborización en el evento de existir.
5.3. Registro fotográfico: de la zona a intervenir.
5.4. Especificaciones y detalles: de diseño y construcción del espacio público. Importante: El solicitante debe adjuntar toda la información y documentación que se nombre en el formulario único Nacional.
Canal telefónico
Para consultas, inquietudes y solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual puede llamar a los siguientes teléfonos:
1. (601) 355 0800 Ext. 5020
2. Celular: 315 869 5159
3. Línea gratuita: 195
Importante: Para agendar una cita se requiere: nombre de la persona que asistirá, cédula, número de contacto, correo electrónico, dirección del predio y descripción de la consulta o inquietud.
Canal virtual
Para este trámite el IDPC pone a disposición de la ciudadanía dos correos electrónicos:
Correos electrónicos:
* atencionciudadania@idpc.gov.co, para presentar consultas o inquietudes a la entidad y para solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual los días martes únicamente.
Importante:
* correspondencia@idpc.gov.co, para la presentación y entrega de los documentos y solicitudes formales ante el IDPC.
Importante:
Puntos de atención
El IDPC cuenta con los siguientes puntos de atención:
1. Punto de atención y orientación: Sede Palomar del Príncipe. Calle 12B # 2-96
2. Punto de Correspondencia: Casa Pardo. Calle 12b No 2-91
Horario: lunes a viernes de 8am a 5pm (Jornada continua).
Recuerde que las citas para Asesoría Técnica Personalizada se realizan de forma presencial o virtual los días martes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Tenga en cuenta
El solicitante debe adjuntar toda la información y documentación que se nombre en el formulario único Nacional.
Normatividad
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Descripción del Trámite
El IDPC realiza la evaluación integral, mediante una revisión interdisciplinar y la verificación de la no afectación, alteración ni modificación de los aspectos patrimoniales, urbanos, históricos, estéticos, simbólicos y culturales. Durante el proceso de evaluación y dependiendo del tipo de proyecto o de la modalidad de intervención, así como cuando el espacio público patrimonial objeto a intervenir este dentro de una zona de influencia de un bien mueble o monumento declarado como BIC, el IDPC podrá solicitar información técnica o jurídica adicional relevante para llevar a cabo la evaluación integral de la solicitud.
Existen dos tipo de intervención: 1. De carácter permanente y 2. De carácter temporal.
Para las intervenciones de carácter permanentes sus modalidades son:
• Localización para equipamiento comunal público.
• Construcción, modificación o ampliación de redes.
• Dotación de amoblamiento urbano y paisajismo.
• Utilización del espacio aéreo o del subsuelo.
• Rehabilitación de andenes, parques, plazas, alamedas, etc.
Para las intervenciones de carácter temporal sus modalidades son:
• Expresiones Artísticas y/o Culturales.
• Cerramientos temporales y campamentos de obra temporales en espacio público.
• Acciones de urbanismo táctico y/o aprovechamiento.
Tiempo de respuesta:
45 días hábiles.
Costo del trámite:
El trámite no tiene ningún costo.
Requisitos
PARA LAS INTERVENCIONES DE CARÁCTER PERMANENTES EN SUS MODALIDADES DE:
1. Localización para equipamiento comunal público
2. Construcción, modificación o ampliación de redes
3. Dotación de amoblamiento urbano y paisajismo
4. Utilización del espacio aéreo o del subsuelo
5. Rehabilitación de andenes, parques, plazas, alamedas, etc.
Se deben adjuntar los siguientes documentos jurídicos para todas las solicitudes:
• Formulario de solicitud de autorización de Intervención en Espacios Públicos Patrimoniales del Distrito Capital.
• Carta de solicitud de autorización de la intervención.
• Acta de Posesión y/o Resolución de nombramiento cuando la solicitud de autorización de intervención la realicen las Alcaldías Locales y/o Entidades Públicas.
• Copia Cédula de Ciudadanía del solicitante y/o representante legal según sea el caso.
• Poder debidamente autenticado y copia de la cédula de ciudadanía, si quien presenta y tramita la solicitud no es el representante legal de la empresa contratista.
• Copia del contrato suscrito entre la empresa ejecutora y la entidad contratante (Alcaldías Locales, IDU, Empresa de servicios públicos). El contrato debe estar vigente o contar con los soportes de las prórrogas correspondientes.
• Certificación vigente de Cámara y Comercio o constitución de la empresa ejecutora en la que se evidencie la representación legal de la misma cuando la solicitud la realice una persona jurídica, consorcio, unión temporal, etc.
• Certificación y/o autorización de la propuesta por parte de entidades, según corresponda. Toda intervención de redes deberá contar la viabilidad de la empresa de servicios públicos respectiva. Licencia de excavación vigente por parte del IDU, en caso de contar con esta.
• Carta del representante legal autorizando a un profesional idóneo responsable del proyecto, con fecha de expedición no superior a un mes, anexando matrícula profesional y documento de identidad. La experiencia e idoneidad del profesional responsable del proyecto, debe cumplir con lo establecido en la Ley 400 de 1997 y demás normatividad vigente.
• Memorial de responsabilidad suscrito por el ingeniero responsable del proyecto estructural según norma NSR-10, para el caso en el que aplique.
Entre tanto, los requisitos de Orden técnico se establecen por modalidades de la siguiente forma:
Se deben adjuntar los siguientes documentos técnicos, según la modalidad de intervención.
• Justificación: Objetivo o finalidad de la intervención.
• Diagnóstico: Descripción del estado actual del espacio público e identificación del estado de conservación de los elementos que lo constituyen para determinar principales problemáticas y oportunidades para la intervención.
• Análisis histórico (si aplica**): Procesos de transformación y consolidación urbana en relación con las características físicas y socioculturales. El análisis debe guardar relación con lo indicado en el Decreto Nacional 1080 de 2015.
• Valoración (si aplica**): Identificación de la condición patrimonial (espacio público declarado, localizado en un Sector de Interés Urbanístico o en área de protección del entorno patrimonial de BIC N1 o SIU). Reconocimiento de aspectos singulares y representativos del espacio público en relación con las características físicas o socioculturales. El análisis debe guardar relación con lo indicado en el Decreto Nacional 1080 de 2015.
• Criterios de intervención (si aplica**): Con base en el diagnóstico, análisis histórico y valoración se deben generar las determinantes de intervención para conservar los valores y dar solución a las problemáticas identificadas.
** Nota: Estos documentos serán requeridos en aquellos casos en los que la intervención comprometa los elementos constitutivos del Espacio Público y pueda generar modificaciones en sus características.
• Descripción de la propuesta de intervención: Presentar el alcance del proyecto, así como las características generales y específicas de la propuesta. Indicar los elementos del espacio público objeto de la intervención, especificaciones técnicas (materiales, acabados, mobiliario, etc…) y procesos y métodos constructivos. Señalar el(los) tipo(s) de intervención en el espacio público (según Decreto Nacional 2358 de 2019) en las que se enmarca la propuesta. La descripción debe soportarse en esquemas, dibujos, previsualizaciones, renders, infografías y todo material gráfico que permita entender el alcance y características de la propuesta.
• Plano de localización que incluya:
-Polígono de intervención, BIC, SIU o APEP por la cual se tiene afectación patrimonial.
-Identificación del espacio público a intervenir (CHIP, CIV, RUPI)
-Cuadro de áreas que determine zonas duras, zonas verdes y área total a intervenir.
-Norte, cotas, ejes, nomenclaturas, convenciones.
-Cuadro de áreas de intervención con la siguiente información: tramo vial o dirección del predio, código CIV, CHIP o Identificador.
• Fichas de registro fotográfico a color: Con la descripción y localización de las tomas generales y de detalles del estado del espacio público, así como conos visuales en planta, indicando fecha de toma del registro.
•Planos de levantamiento del estado actual del área a intervenir que incluyan:
-Elementos existentes en el espacio público (mobiliario urbano, arborización, materiales de piso, hidrantes, cajas, válvulas, semáforos, rampas, etc.).
-Identificación del espacio público a intervenir (CHIP, CIV, RUPI).
-Nomenclaturas, sentidos viales, divisiones prediales, paramentos de construcciones.
-Norte, cotas, ejes, niveles, convenciones.
•Planos de la propuesta de intervención que incluyan:
-Plantas con el polígono de intervención del proyecto, paramentos de construcciones, niveles de pisos (indicando siempre la línea de referencia de nivel previo a intervención), acceso a inmuebles y parqueaderos, infraestructura para personas con discapacidad o movilidad reducida (rampas, vados, franjas podo táctiles, pasamanos, etc.), zonas verdes, zonas peatonales y mobiliario urbano.
-Cortes con niveles de pisos, especificaciones técnicas y el contexto inmediato, que permitan apreciar la inserción de la propuesta en el entorno.
-Detalles constructivos.
-Imágenes o simulaciones 3D que permitan la lectura integral de la propuesta.
-Planos de redes de servicios públicos y/o infraestructura, debidamente aprobados por las entidades correspondientes, cuando aplique.
-Planos de la propuesta de diseño paisajístico, donde se identifiquen especies arbóreas, arbustos y plantas ornamentales. Debe incluir cuadro de arborización y especificar las especies que se conservan, reemplazan o trasladas, cuando aplique.
-Planos de la propuesta de señalización y/o de mobiliario urbano con la localización, especificaciones técnicas y de detalle de los elementos propuestos y su incorporación en el espacio público a intervenir, cuando aplique.
•Planos y memoria descriptiva y de cálculo del proyecto estructural firmados por el ingeniero responsable de acuerdo con la normatividad vigente NSR-10, cuando aplique.
Notas para tener en cuenta:
En virtud de la magnitud, especificidad y alcance el proyecto el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural podrá solicitar las actas o documentos que reflejen el proceso de participación ciudadana del proyecto.
Una vez se evidencie con la viabilidad de la intervención y se finalicen las obras, se deberá remitir a este Instituto un Informe de Finalización de obras en el cual se evidencie de la intervención realizada y cómo esta se ajusta a la viabilidad emitida por esta entidad.
PARA LAS INTERVENCIONES DE CARÁCTER TEMPORAL EN SUS MODALIDADES DE:
1.Modalidades de (Expresiones Artísticas y/o Culturales
2.Cerramientos temporales y campamentos de obra temporales en espacio público y Acciones de urbanismo táctico y/o aprovechamiento).
Se deben adjuntar los siguientes documentos jurídicos:
•Formulario de solicitud de autorización de Intervención en Espacios Públicos Patrimoniales del Distrito Capital.
•Carta de solicitud de autorización de la intervención.
•Acta de Posesión y/o Resolución de nombramiento cuando la solicitud de autorización de intervención la realicen las Alcaldías Locales y/o Entidades Públicas.
•Copia Cédula de Ciudadanía del solicitante y/o representante legal según sea el caso.
•Poder debidamente autenticado y copia de la cédula de ciudadanía, si quien presenta y tramita la solicitud no es el representante legal de la empresa contratista.
•Copia del contrato suscrito entre la empresa ejecutora y la entidad contratante (Alcaldías Locales, IDU, Empresa de servicios públicos). El contrato debe estar vigente o contar con los soportes de las prórrogas correspondientes.
•Certificación vigente de Cámara y Comercio o constitución de la empresa ejecutora en la que se evidencie la representación legal de la misma cuando la solicitud la realice una persona jurídica, consorcio, unión temporal, etc.
•Certificación y/o autorización de la propuesta por parte de entidades, según corresponda. Toda intervención de redes deberá contar la viabilidad de la empresa de servicios públicos respectiva. Licencia de excavación vigente por parte del IDU, en caso de contar con esta.
•Carta del representante legal autorizando a un profesional idóneo responsable del proyecto, con fecha de expedición no superior a un mes, anexando matrícula profesional y documento de identidad. La experiencia e idoneidad del profesional responsable del proyecto, debe cumplir con lo establecido en la Ley 400 de 1997 y demás normatividad vigente.
•Memorial de responsabilidad suscrito por el ingeniero responsable del proyecto estructural según norma NSR-10, para el caso en el que aplique.
DOCUMENTOS TÉCNICOS
1.Documento técnico de soporte (DTS) de la propuesta de intervención, que incluya:
-Tipo de intervención solicitada en el marco de lo establecido en el Decreto Nacional 2358 de 2019: OBRAS MÍNIMAS EN EL ESPACIO PÚBLICO las cuales incluyen:
Cambios de superficies de la carpeta asfáltica (capa de rodadura).
Inyección de fisuras y patologías que no impliquen cambios en la subbase y mecanismos de compactación.
Reparación de andenes relacionados con acometidas domiciliarias referentes a electricidad, acueducto, telecomunicaciones, gas y sanitario.
Instalación, cambio y reparación de bordillos o sardineles.
1. Descripción de las actividades a realizar de manera detallada incluyendo especificaciones técnicas de materiales a usar y explicación de los procesos constructivos.
Finalidad o justificación de la intervención.
2.Plano de localización que incluya:
-Polígono de intervención
-Elementos existentes en el espacio público (postes, cajas, mobiliario, arborización, etc)
-Identificación del espacio público a intervenir (CHIP o CIV)
-Norte, cotas, ejes, nomenclaturas, convenciones.
3.Registro fotográfico a color con la descripción del estado actual de los elementos del espacio público objeto de la intervención, fecha de toma del registro e indicar la ubicación exacta de dónde se tomaron las fotografías.
4.Planos de propuesta de intervención que incluya:
-Planta del proyecto de intervención acotada identificando el espacio público a intervenir (CHIP o CIV), materiales, pendientes y niveles.
-Cortes detallados y acotados identificando materiales, pendientes y niveles.
-Cuadro de áreas de intervención con la siguiente información: Tramo vial o dirección del predio, código CIV, CHIP o Identificador.
-Norte, cotas, ejes, nomenclaturas, convenciones.
PARA LAS OBRAS DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN EN ESPACIOS PÚBLICOS PATRIMONIALES DEL DISTRITO CAPITAL
Etapa 1 Notificación: Es el momento en el que la entidad competente o empresa de servicios públicos identifica el accidente o emergencia que debe ser atendida. Este momento es previo a la ejecución de las obras.
Para el desarrollo de esta etapa la entidad competente o empresa de servicios públicos, previo a la ejecución de las obras, deberá remitir un comunicado al correo electrónico subintervencion@idpc.gov.co informando sobre la identificación de un accidente o situación de emergencia. Dicha notificación deberá incluir la siguiente información:
-Dirección o ubicación puntual del lugar del accidente o la emergencia.
-Descripción del accidente o la situación de emergencia y el riesgo que presenta, y por el cual se puedan ocasionar daños a bienes o personas.
-Acciones o actividades a ejecutar, para solucionar y mitigar los efectos del accidente o la emergencia.
-Tiempos de inicio y finalización de las actividades.
Etapa 2 Concepto técnico: La evaluación y revisión de las obras producto del accidente o emergencia atendida se efectuará después de la ejecución de las obras, por tratarse de intervenciones que requieren de mayor celeridad para atender el daño o emergencia que se haya presentado.
Para tal caso, después de la ejecución de las obras y en un tiempo no superior a un mes desde la notificación realizada por parte del IDPC, la entidad competente o empresa de servicios públicos encargada de atender el accidente o la emergencia deberá radicar ante el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural un informe (Documento Técnico de Soporte – DTS) en el que se incluya la siguiente información:
-Carta de presentación de informe de obra por parte de la empresa de servicios públicos o entidad competente.
-Formulario de solicitud de autorización de Intervención en Espacios Públicos Patrimoniales del Distrito Capital.
-Soporte de correo de notificación de emergencia enviado al IDPC
-Documento técnico de soporte (DTS) que describa las actividades realizadas de manera detallada incluyendo especificaciones técnicas de materiales utilizados y explicación de los procesos constructivos.
-Registro fotográfico previo a la ejecución de las obras, que dé cuenta del accidente o la situación de emergencia atendida y el estado en el que se encontró el espacio público.
-Registro fotográfico posterior a la ejecución de las obras, en el que se evidencie que el espacio público intervenido fue entregado en igual o mejores condiciones a las encontradas.
PARA LAS OBRAS DE OBRAS MÍNIMAS EN ESPACIOS PÚBLICOS PATRIMONIALES DEL DISTRITO CAPITAL.
1.DOCUMENTOS JURÍDICOS Y TÉCNICOS PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE INTERVENCIÓN DE OBRAS MÍNIMAS EN ESPACIOS PÚBLICOS PATRIMONIALES DEL DISTRITO CAPITAL.
El solicitante deberá remitir junto al formulario de “Solicitud de autorización de intervención de Espacios Públicos Patrimoniales del Distrito Capital” la siguiente documentación:
-Formulario de solicitud de autorización de Intervención en Espacios Públicos Patrimoniales del Distrito Capital
-Carta de solicitud de autorización de intervención.
-Acta de Posesión y/o Resolución de nombramiento cuando la solicitud de autorización de intervención la realicen las Alcaldías Locales y/o Entidades Públicas.
-Copia Cédula de Ciudadanía del solicitante y/o representante legal según sea el caso.
-Poder debidamente autenticado y copia de la cédula de ciudadanía, si quien presenta y tramita la solicitud no es el representante legal de la empresa contratista.
-Copia del contrato suscrito entre la empresa ejecutora y la entidad contratante (Alcaldías Locales, IDU, Empresa de servicios públicos). El contrato debe estar vigente o contar con los soportes de las prórrogas correspondientes.
-Certificación vigente de Cámara y Comercio o constitución de la empresa ejecutora en la que se evidencie la representación legal de la misma cuando la solicitud la realice una persona jurídica, consorcio, unión temporal, etc.
-Certificación y/o autorización de la propuesta por parte de entidades, según corresponda. Toda intervención de redes deberá contar la viabilidad de la empresa de servicios públicos respectiva. Licencia de excavación vigente por parte del IDU, en caso de contar con esta.
-Carta del representante legal autorizando a un profesional idóneo responsable del proyecto, con fecha de expedición no superior a un mes, anexando matrícula profesional y documento de identidad. La experiencia e idoneidad del profesional responsable del proyecto, debe cumplir con lo establecido en la Ley 400 de 1997 y demás normatividad vigente.
-Memorial de responsabilidad suscrito por el ingeniero responsable del proyecto estructural según norma NSR-10, para el caso en el que aplique.
Nota: En virtud de la magnitud, especificidad y alcance el proyecto el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural podrá solicitar las actas o documentos que reflejen el proceso de participación ciudadana del proyecto.
DOCUMENTOS TÉCNICOS
1.Documento técnico de soporte (DTS) de la propuesta de intervención, que incluya:
-Tipo de intervención solicitada en el marco de lo establecido en el Decreto Nacional 2358 de 2019: OBRAS MÍNIMAS EN EL ESPACIO PÚBLICO las cuales incluyen:
•Cambios de superficies de la carpeta asfáltica (capa de rodadura).
•Inyección de fisuras y patologías que no impliquen cambios en la subbase y mecanismos de compactación.
•Reparación de andenes relacionados con acometidas domiciliarias referentes a electricidad, acueducto, telecomunicaciones, gas y sanitario.
•Instalación, cambio y reparación de bordillos o sardineles.
-Descripción de las actividades a realizar de manera detallada incluyendo especificaciones técnicas de materiales a usar y explicación de los procesos constructivos.
-Finalidad o justificación de la intervención.
1.Plano de localización que incluya:
-Polígono de intervención
-Elementos existentes en el espacio público (postes, cajas, mobiliario, arborización, etc.)
-Identificación del espacio público a intervenir (CHIP o CIV)
-Norte, cotas, ejes, nomenclaturas, convenciones.
2.Registro fotográfico a color con la descripción del estado actual de los elementos del espacio público objeto de la intervención, fecha de toma del registro e indicar la ubicación exacta de dónde se tomaron las fotografías.
3.Planos de propuesta de intervención que incluya:
-Planta del proyecto de intervención acotada identificando el espacio público a intervenir (CHIP o CIV), materiales, pendientes y niveles.
-Cortes detallados y acotados identificando materiales, pendientes y niveles.
-Cuadro de áreas de intervención con la siguiente información: Tramo vial o dirección del predio, código CIV, CHIP o Identificador.
-Norte, cotas, ejes, nomenclaturas, convenciones.
Formularios
Instructivo para la radicación de solicitudes de intervención de obras mínimas en espacios públicos.
Instructivo para la radicación de solicitudes de intervenciones permanentes en espacios públicos.
Canal telefónico
Para consultas, inquietudes y solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual puede llamar a los siguientes teléfonos:
1. (601) 355 0800 Ext. 5020
2. Celular: 315 869 5159
3. Línea gratuita: 195
Importante: Para agendar una cita se requiere: nombre de la persona que asistirá, cédula, número de contacto, correo electrónico, dirección del predio y descripción de la consulta o inquietud.
Canal virtual
Para este trámite el IDPC pone a disposición de la ciudadanía dos correos electrónicos:
Correos electrónicos:
* atencionciudadania@idpc.gov.co, para presentar consultas o inquietudes a la entidad y para solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual los días martes únicamente.
Importante:
* correspondencia@idpc.gov.co, para la presentación y entrega de los documentos y solicitudes formales ante el IDPC.
Importante:
Puntos de atención
El IDPC cuenta con los siguientes puntos de atención:
1. Punto de atención y orientación: Sede Palomar del Príncipe. Calle 12B # 2-96
2. Punto de Correspondencia: Casa Pardo. Calle 12b No 2-91
Horario: lunes a viernes de 8am a 5pm (Jornada continua).
Recuerde que las citas para Asesoría Técnica Personalizada se realizan de forma presencial o virtual los días martes 8:oo a.m. a 4:00 p.m.
Tenga en cuenta
Normatividad
Ley 1801 de 2016: “Por el cual se expide el código nacional de policía y convivencia”.
Descripción del trámite
El IDPC evalúa las solicitudes de autorización de reparaciones locativas y primeros auxilios en los inmuebles, colindantes y Sectores de Interés Cultural del Distrito Capital.
Los Primeros Auxilios son obras urgentes por realizar en un inmueble que se encuentre en peligro de ruina o riesgo inminente, o que haya sufrido daños por agentes naturales o por la acción humana. Incluye acciones y obras provisionales de protección para detener o prevenir daños mayores tales como:
Las Reparaciones Locativas comprenden el conjunto de actividades que se pueden efectuar en un inmueble para mantenerlo en las debidas condiciones de higiene y ornato, sin afectar su materia original, su forma, estructura, distribución interior ni sus características funcionales, ornamentales, estéticas, o volumétricas.
Dentro de estas obras se encuentran las siguientes actividades:
Tiempo de respuesta:
45 días hábiles.
Costo del trámite:
El trámite no tiene ningún costo.
Requisitos y proceso
Para autorizar las actividades de primeros auxilios y reparaciones locativas señaladas anteriormente es necesario presentar a esta Entidad la siguiente información:
Formularios
Canal telefónico
Para consultas, inquietudes y solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual puede llamar a los siguientes teléfonos:
1. (601) 355 0800 Ext. 5020
2. Celular: 315 869 5159
3. Línea gratuita: 195
Importante: Para agendar una cita se requiere: nombre de la persona que asistirá, cédula, número de contacto, correo electrónico, dirección del predio y descripción de la consulta o inquietud.
Canal virtual
Para este trámite el IDPC pone a disposición de la ciudadanía dos correos electrónicos:
Correos electrónicos:
* atencionciudadania@idpc.gov.co, para presentar consultas o inquietudes a la entidad y para solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual los días martes únicamente.
Importante:
* correspondencia@idpc.gov.co, para la presentación y entrega de los documentos y solicitudes formales ante el IDPC.
Importante:
Puntos de atención
El IDPC cuenta con los siguientes puntos de atención:
1. Punto de atención y orientación: Sede Palomar del Príncipe. Calle 12B # 2-96
2. Punto de Correspondencia: Casa Pardo. Calle 12b No 2-91
Horario: lunes a viernes de 8am a 5pm (Jornada continua).
Recuerde que las citas para Asesoría Técnica Personalizada se realizan de forma presencial o virtual los días martes 8:oo a.m. a 4:00 p.m.
Tenga en cuenta
Normatividad
Descripción del trámite
La Equiparación a estrato uno (1), NO corresponde a un cambio de estrato del predio, sino que consiste en el beneficio económico que los Bienes de Interés Cultural con uso residencial pueden recibir, para que el consumo básico de los servicios públicos sea equiparado con las del estrato uno (1); previa solicitud efectuada por parte del propietario, el administrador o representante legal de la propiedad horizontal, el poseedor del inmueble o una persona apoderada o autorizada por alguno de los anteriores.
El IDPC evalúa solicitudes de equiparación a estrato uno (1) radicadas por los ciudadanos y emite concepto si un bien de interés cultural cumple o no con los requisitos del Decreto Distrital 018 de 2023, necesarios para que las tarifas del consumo básico de los servicios públicos les sean equiparadas a las del estrato uno, como incentivo para la conservación del inmueble.
Una vez el Instituto apruebe el beneficio, se realizará una comunicación interna con cada una de las empresas de servicios públicos para que sea aplicada la equiparación a estrato uno a partir de los siguientes meses, y con una vigencia de tres (3) años, por lo que el ciudadano no debe realizar mas gestiones al respecto.
Duración del Trámite
45 días hábiles.
Costo del trámite
Este trámite no tiene ningún costo.
Requisitos y proceso
Para solicitar por primera vez el beneficio de equiparación a estrato uno (1) para el cobro de servicios públicos o para su renovación, es importante tener presente los tipos de inmuebles susceptibles de acceder al beneficio en cuestión, según el Decreto Distrital 018 de 2023, son los siguientes:
1. Bienes de Interés Cultural del Grupo Arquitectónico del ámbito Nacional o Distrital clasificados u homologados en el Nivel de Intervención 1, 2 o 3.
2 Inmuebles localizados dentro de las delimitaciones de los Sectores de Interés Urbanístico con Vivienda en Serie – SIU VS, que estén clasificados en los Niveles de Intervención 1, 2 o 3.
3. Inmuebles localizados en el área afectada del Plan Especial de Manejo y Protección del Centro Histórico de Bogotá D.C., clasificados en los Niveles de Intervención 1, 2 o 3.
Adicionalmente, para acceder al beneficio de equiparación a estrato uno (1) para el cobro de servicios públicos, el inmueble debe cumplir con los siguientes requisitos establecidos en el Decreto Distrital 018 de 2023:
1. Que el inmueble corresponda a alguno de los señalados en los numerales del artículo 1 del mencionado Decreto.
2. Que el inmueble tenga uso residencial y se encuentre ubicado en el estrato socioeconómico 2 a 6.
3. Que la construcción con valor patrimonial no presente disminución de sus valores históricos, arquitectónicos o urbanísticos.
4. Que el inmueble se encuentre en buen estado de conservación.
5. Que las intervenciones realizadas en el inmueble se hayan ejecutado en concordancia con los permisos correspondientes.
6. Que sobre el inmueble no exista actuación administrativa por comportamientos contrarios a la protección y conservación del patrimonio cultural o a la integridad urbanística.
7. Que sobre el inmueble no exista actuación administrativa por faltas contrarias al patrimonio cultural en los términos de la Ley 397 de 1997.
Cualquier intervención realizada al inmueble que implique ampliaciones, modificaciones internas o externas, cubrimiento de áreas libres, etc., debe contar con licencia de construcción expedida por una de las curadurías urbanas de la ciudad, para lo cual previamente debe existir aprobación por medio de resolución motivada expedida por el Instituto, por lo cual deberá anexarse copia de la respectiva licencia de construcción. En caso contrario, se entiende que cualquiera de estas intervenciones (en caso de haberse realizado), carece de legalidad y por consiguiente conllevaría a la expedición de un concepto desfavorable para la equiparación al estrato uno (1) para el pago de tarifas de servicios públicos.
El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, de considerarlo necesario, realizará una visita de inspección visual para verificar las condiciones actuales del inmueble objeto de la solicitud y el uso al que se destina actualmente.
Es necesario que el propietario, el administrador de la copropiedad o el poseedor del inmueble siga los siguientes pasos:
1. Diligenciar el formulario de solicitud de equiparación a estrato uno (1) para el cobro de servicios públicos de inmuebles de interés cultural actualizado, firmarlo por parte del solicitante y recopilar toda la documentación solicitada que esta listada en la segunda cara del formulario (básicamente fotos del inmueble y copia legible de los recibos de servicios públicos por ambas caras). En caso de realizar la solicitud en la condición de administrador de una propiedad horizontal o poseedor, anexar mandato, delegación, poder, certificado o documento debidamente suscrito según corresponda, que acredite tal condición. Cuando se actúe a través de apoderado, aportar poder con presentación personal dirigido al IDPC, especificando las facultades otorgadas dentro del trámite.
2. Enviar el formulario diligenciado y sus anexos al correo electrónico correspondencia@idpc.gov.co. A vuelta de correo se le informará el número de radicado mediante el cual quedó presentada su solicitud ante la entidad. De igual manera la radicación se puede realizar de forma presencial en la sede Casa Pardo, ubicada en la calle 12B # 2-91 de lunes a viernes de 8am a 5pm jornada continua.
3. La respuesta a la solicitud de equiparación a estrato uno (1) para el cobro de servicios públicos de inmuebles de interés cultural, la recibirá digitalmente en el correo electrónico indicado en el formulario de solicitud o la dirección de correspondencia física en caso de no tener el primero.
Formulario
Canal telefónico
Para consultas, inquietudes y solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual puede llamar a los siguientes teléfonos:
1. (601) 355 0800 Ext. 5020
2. Celular: 315 869 5159
3. Línea gratuita: 195
Importante: Para agendar una cita se requiere: nombre de la persona que asistirá, cédula, número de contacto, correo electrónico, dirección del predio y descripción de la consulta o inquietud.
Canal virtual
Para este trámite el IDPC pone a disposición de la ciudadanía dos correos electrónicos:
Correos electrónicos:
* atencionciudadania@idpc.gov.co, para presentar consultas o inquietudes a la entidad y para solicitud de citas para Asesoría Técnica presencial o virtual los días martes únicamente.
Importante:
* correspondencia@idpc.gov.co, para la presentación y entrega de los documentos y solicitudes formales ante el IDPC.
Importante:
Puntos de atención
El IDPC cuenta con los siguientes puntos de atención:
1. Punto de atención y orientación: Sede Palomar del Príncipe. Calle 12B # 2-96
2. Punto de Correspondencia: Casa Pardo. Calle 12b No 2-91
Horario: lunes a viernes de 8am a 5pm (Jornada continua).
Recuerde que las citas para Asesoría Técnica Personalizada se realizan de forma presencial o virtual los días martes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Tenga en cuenta
El IDPC no le informará del vencimiento de la vigencia del beneficio de equiparación a estrato uno (1).
Si el responsable de un Bien de Interés Cultural con uso residencial desea acceder como contribuyente al beneficio de descuento en el impuesto predial unificado, deberá contar en primer lugar con la aprobación de la equiparación a estrato uno (1) previamente, y adicionalmente cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 2 y 3 del Acuerdo Distrital 426 de 2009. Para tales efectos, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC tiene la responsabilidad de a final de cada año, remitir a la Secretaría Distrital de Hacienda – SDH, la información de los bienes de interés cultural con uso residencial que tienen vigente la equiparación a estrato uno.
Según lo establecido en el numeral 4 el artículo 3 del citado Acuerdo, para los bienes de interés cultural que poseen uso residencial, es requisito indispensable que hayan obtenido la aprobación del incentivo de equiparación a estrato uno para efectos del cobro de tarifas de servicios públicos y se mantenga vigente durante toda la vigencia fiscal, sin embargo, no es el único requisito que deben cumplir para acceder a un porcentaje de descuento en el valor del impuesto predial unificado, por lo cual, la aprobación de la equiparación a estrato uno, no implica automáticamente el derecho a acceder al incentivo tributario.
Normatividad