Inicio » Trámites para la ciudadanía » Solicitud de autorización de reparaciones locativas y primeros auxilios en bienes de interés cultural del distrito capital
El IDPC evalúa las solicitudes de autorización de reparaciones locativas y primeros auxilios en los inmuebles, colindantes y Sectores de Interés Urbanístico del Distrito Capital.
Los Primeros Auxilios son obras urgentes por realizar en un inmueble que se encuentre en peligro de ruina o riesgo inminente, o que haya sufrido daños por agentes naturales o por la acción humana. Incluye acciones y obras provisionales de protección para detener o prevenir daños mayores, tales como:
Las Reparaciones Locativas comprenden el conjunto de actividades que se pueden efectuar en un inmueble para mantenerlo en las debidas condiciones de higiene y ornato, sin afectar su materia original, su forma, estructura, distribución interior ni sus características funcionales, ornamentales, estéticas, o volumétricas.
Dentro de estas obras se encuentran las siguientes actividades:
Concepto técnico favorable o no favorable para reparaciones locativas y/o primeros auxilios en bienes de interés cultural del Distrito Capital. Este documento tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses y podrá ser prorrogado por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses, mediante solicitud presentada hasta treinta (30) días calendario antes de su vencimiento.
Una vez realizada la evaluación, si se identifica la necesidad de aclarar o complementar la información, para poder tomar una decisión de fondo el Instituto realizará un único requerimiento solicitando dicha información, para lo cual el solicitante tendrá un mes prorrogable a un mes más, para radicar la respuesta al requerimiento.
Si se ha enviado requerimiento y éste no se contesta o la respuesta está incompleta o no subsana lo solicitado, se emite el acto administrativo del desistimiento tácito, se notifica al interesado y se archiva la petición.
❯ Canales para la radicación de solicitudes:
❯ Recomendaciones:
❯ Importante:
La solicitud de autorización la puede radicar el propietario o poseedor, directamente o a través de un apoderado.
El formulario de solicitud de intervención de anteproyecto, deberá ser suscrito únicamente por el solicitante o su apoderado en presencia del funcionario encargado y en el momento de hacer la radicación.
El ciudadano debe allegar la totalidad de la documentación requerida en el formato dispuesto por la entidad.
La documentación deberá ser revisada por el encargado en donde se le comunicará si su trámite se encuentra completo o incompleto.
El seguimiento a los radicados se realiza a través del servicio de Asesoría Técnica Personalizada
❯ Asesoría Técnica Personalizada con cita previa:
❯ Asesoría Técnica Personalizada sin cita previa:
Puede presentarse directamente en la sede Palomar del Príncipe (Calle 12B No. 2 – 96) los días martes y jueves, en jornada continua de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.
❯ Canales de comunicación y puntos de atención:
❯ TELEFÓNICO
(57 + 601) 355 0800 Ext. 5020.
Celular: (57) 315 869 5159.
Línea gratuita 195: atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
❯ VIRTUAL
atencionciudadania@idpc.gov.co, para presentar consultas o inquietudes a la entidad y para solicitud de citas.
correspondencia@idpc.gov.co, para la radicación de solicitudes formales ante el IDPC.
❯ PRESENCIAL
Horario de atención del IDPC
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. (Jornada continua).
El trámite no tiene ningún costo.
Este trámite tiene un tiempo de evaluación de 45 días hábiles contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud.
Una vez realizada la evaluación, si se identifica la necesidad de aclarar o complementar la información, para poder tomar una decisión de fondo el Instituto emitirá un único requerimiento solicitando dicha información, para lo cual el solicitante tendrá un mes prorrogable a un mes más, para radicar la respuesta al requerimiento.
Deben solicitar las reparaciones locativas y primeros auxilios sobre bienes de interés cultural, personas naturales o jurídicas y/o que tengan calidad de propietario o tenedor.
❯ Persona natural – Ciudadanía en General
Para autorizar las actividades de primeros auxilios y reparaciones locativas señaladas anteriormente es necesario presentar al IDPC la siguiente información:
❯ Apoderado
Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
❯ Persona Jurídica
Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.