Inicio » Trámites para la ciudadanía » Solicitud de autorización De publicidad exterior visual en Bienes de Interés Cultural del Distrito Capital
El IDPC acompaña, revisa y evalúa interdisciplinariamente las solicitudes de instalación de publicidad exterior visual en contextos patrimoniales del Distrito Capital con el fin de proteger, salvaguardar, recuperar y conservar los valores arquitectónicos, urbanísticos, ambientales, culturales, históricos y simbólicos del paisaje urbano y del inmueble a intervenir, aportando así en la revitalización de tejidos urbanos representativos de la ciudad y en la conservación integral del patrimonio material e inmaterial.
La evaluación aplica para los avisos en contextos Patrimoniales del Distrito Capital, los cuales están conformados por:
a) Avisos en Bienes de Interés Cultural del Grupo Arquitectónico.
b) Avisos en Inmuebles colindantes con Bienes de Interés Cultural del Grupo Arquitectónico.
c) Sectores de Interés Urbanístico.
d) Avisos en Espacios Públicos patrimoniales
e) Avisos localizados en áreas de Protección del entorno patrimonial.
El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural emitirá el Concepto técnico de viabilidad o no viabilidad. Este documento deberá ser presentado ante la Secretaría Distrital de Ambiente para solicitar el permiso definitivo para la instalación de publicidad exterior visual.
Una vez realizada la evaluación, si se identifica la necesidad de aclarar o complementar la información, para poder tomar una decisión de fondo el Instituto realizará un único requerimiento solicitando dicha información, para lo cual el solicitante tendrá un mes prorrogable a un mes más, para radicar la respuesta al requerimiento.
Si se ha enviado requerimiento y éste no se contesta o la respuesta está incompleta o no subsana lo solicitado, se emite el acto administrativo del desistimiento tácito, se notifica al interesado y se archiva la petición.
El trámite no tiene ningún costo.
Este trámite tiene un tiempo de evaluación de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud.
Una vez realizada la evaluación, si se identifica la necesidad de aclarar o complementar la información, para poder tomar una decisión de fondo el Instituto emitirá un único requerimiento solicitando dicha información, para lo cual el solicitante tendrá un mes prorrogable a un mes más, para radicar la respuesta al requerimiento.
❯ Persona natural o jurídica
De orden jurídico:
De orden técnico:
El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural podrá requerir información adicional de acuerdo con el tipo de intervención solicitada.
El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, informa que en virtud del Artículo 8 de la Resolución 170 de 2011, el trámite iniciará solamente a partir de la radicación de la totalidad de la documentación requerida. La subsanación de documentos faltantes deberá ser atendida en un término no mayor a treinta (30) días hábiles, en caso de no recibir dicha información, se entenderá como desistida y procederá su archivo.