POLÍTICA ANTISOBORNO
La Política Antisoborno del IDPC responde a la necesidad de blindar a la administración de prácticas de corrupción que afecten los procesos de la gestión pública, especialmente de aquellos que por sus características y funciones resultan ser los más vulnerables (contratación, talento humano, trámites y atención a la ciudadanía, presupuesto y control interno).
Señales de Alerta
- Comentarios que dan a entender que ha habido un soborno.
- Peticiones para mantener en secreto una negociación con clientes o proveedores.
- Peticiones para mantener en secreto la programación de reuniones con empresas, clientes o proveedores.
- Entrega de dinero o regalos.
- Visitas recurrentes por parte de proveedores o representantes de empresas privadas.
Medidas de Control
- Revisar los flujos de caja y transacciones financieras realizadas por la entidad.
- Evaluar la respuesta de la entidad desde su institucionalidad ante posibles escenarios de soborno.
- Evaluar las medidas anticorrupción implementadas, y su cumplimiento y conformidad con el Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011) y la legislación aplicable en cada proceso.
- Auditar el área específica bajo riesgo de soborno de manera individualizada.
Más información en www.idpc.gov.co
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