Instituto Distrital de Patrimonio Cultural

Solicitud De Imágenes Del Archivo Digital Del Museo De Bogotá

Suspensión temporal de servicios de consulta y solicitudes de imágenes de archivo digital de colecciones del Museo de Bogotá. Debido a la realización de trámites y actualizaciones internas de las bases de datos, el Museo de Bogotá no prestará los servicios de atención de consultas y solicitudes de imágenes del archivo digital de las colecciones desde el 15 de enero de 2025. Ofrecemos excusas por los inconvenientes que la suspensión de estos servicios pueda ocasionar. Una vez se reanude la atención lo comunicaremos por este medio.

El Museo de Bogotá tiene una amplia colección de fotografías y planos cartográficos de la historia de Bogotá, material útil para investigadores, estudiantes y personas que difunden el patrimonio cultural, por lo que el Museo presta el servicio de entrega de copias digitales y autorización de reproducción de las mismas. Esto de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección de Divulgación del Patrimonio Cultural relacionados con la difusión del Patrimonio.

El Museo de Bogotá facilita el acceso a las copias digitales de sus colecciones con fines de investigación, enseñanza o difusión cultural, científica y otros proyectos en los que se considere pertinente su uso.

  • Queda totalmente prohibida la realización de duplicados del material entregado o la cesión del mismo a terceros sin el conocimiento y la autorización previa del Museo.
  • El Museo de Bogotá suministrará las imágenes en la resolución que disponga en el momento de tramitar la solicitud.
  • En todos los casos las imágenes deberán ser solicitadas exclusivamente por mayores de edad.
  • En el ejercicio de los derechos que le confiere la Ley 23 de 1982 sobre derechos de autor, y los convenios internacionales sobre derecho de autor ratificados por Colombia, el Museo de Bogotá otorga autorización de uso de las imágenes de sus colecciones en las siguientes condiciones:
    1. La autorización de reproducción no confiere ningún derecho de propiedad intelectual o industrial.
    2. La empresa editora o particular se compromete a dar los créditos al Museo de Bogotá como depositario del original reproducido, haciendo constar que los derechos de reproducción le pertenecen con el símbolo de copyright (©) al Museo de Bogotá y al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (IDPC), de la siguiente manera: “Título / Autor / Fecha / Número de registro /© Colección Museo de Bogotá”, y cualquier otra que sea indicada por el Museo, quien facilitará los datos de identificación de la(s) imagen(es).
    3. La autorización de reproducción se concede para un solo uso, y exclusivamente para la finalidad indicada en la solicitud. Cualquier reedición de la obra deberá contar con un nuevo permiso de reproducción.
    4. La autorización de reproducción se concede para un solo idioma, que ha de ser debidamente especificado en la solicitud. La edición en idioma o idiomas distintos al originalmente señalado deberá ser nuevamente solicitada y autorizada.
    5. El Museo de Bogotá – IDPC podrá solicitar en contraprestación una copia física o digital del material producto del uso de las imágenes del Museo de Bogotá que le hayan sido entregadas. En dado caso la persona solicitante se compromete a entregar el material dentro de los seis (6) meses siguientes a la publicación; si cumplida la fecha no se ha recibido dicho material, el usuario no podrá volver a acceder al servicio.
    6. En los casos en que los derechos patrimoniales de las obras no pertenezcan al dominio público o al Museo, el solicitante deberá tramitar los permisos requeridos con los derechohabientes de las obras, y entregarlos al Museo para que éste pueda proceder a entregar de las imágenes.
  • En todos los casos:
    1. Las solicitudes para obtener copias digitales de las colecciones del Museo de Bogotá, o de autorización de reproducción sobre las mismas, se enviarán por correo electrónico a la dirección: archivodigitalmdb@idpc.gov.co
    2. Si transcurriera un mes sin que el solicitante realice las gestiones necesarias para proseguir la tramitación de su solicitud, la misma se considerará caducada y se procederá a su archivo.
    3. Queda expresamente prohibido que el solicitante utilice el nombre o el logotipo del Museo de Bogotá para fines publicitarios o comerciales a menos de que se hayan solicitado y autorizado.
    4. El Museo de Bogotá no se responsabiliza del uso que pueda hacerse de las reproducciones en contra de la Ley de Propiedad Intelectual o cualquiera otra disposición legal, y se reserva el derecho a emprender las acciones legales que considere oportunas contra quienes incumplan las condiciones expresadas en este formato de solicitud.
    5. Si le es enviado al usuario el enlace de descarga con las imágenes y créditos y éste deja vencer la caducidad de los mismos (5 días), el solicitante debe reiniciar el trámite de su solicitud.
    6. Para que esta solicitud tenga validez, la solicitud debe estar debidamente diligenciada por el solicitante, firmada y aprobada por la persona encargada de la Subdirección de Divulgación del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.

Antes de realizar su solicitud mediante el Formato y guía para solicitud de imágenes, puede solicitar información y cita para la revisión de la base de datos escribiendo a la dirección de correo electrónico: archivodigitalmdb@idpc.gov.co

El servicio no tiene ningún costo. 

❯ Canal virtual

El IDPC cuenta con los siguientes correos electrónicos:

❯ Puntos de atención presenciales

Museo de Bogotá – Casa de los Siete Balcones (Calle 10 # 3 – 61)

El Museo de Bogotá facilita el acceso a las copias digitales de sus colecciones con fines de investigación, enseñanza o difusión cultural, científica y otros proyectos en los que se considere pertinente su uso.

  • Queda totalmente prohibida la realización de duplicados del material entregado o la cesión del mismo a terceros sin el conocimiento y la autorización previa del Museo.
  • El máximo de imágenes que puede solicitar la persona solicitante externa al IDPC es de veinte (20) por solicitud.
  • El Museo de Bogotá suministrará las imágenes en la resolución que disponga en el momento de tramitar la solicitud.
  • En todos los casos las imágenes deberán ser solicitadas exclusivamente por mayores de edad.

En el ejercicio de los derechos que le confiere la Ley 23 de 1982 sobre derechos de autor, y los convenios internacionales sobre derecho de autor ratificados por Colombia, el Museo de Bogotá otorga autorización de uso de las imágenes de sus colecciones en las siguientes condiciones:

  1. La autorización de reproducción no confiere ningún derecho de propiedad intelectual o industrial.
  2. La empresa editora o particular se compromete a dar los créditos al Museo de Bogotá como depositario del original reproducido, haciendo constar que los derechos de reproducción le pertenecen con el símbolo de copyright (©) al Museo de Bogotá y al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (IDPC), de la siguiente manera: “Título / Autor / Fecha / Número de registro /© Colección Museo de Bogotá”, y cualquier otra que sea indicada por el Museo, quien facilitará los datos de identificación de la(s) imagen(es).
  3. La autorización de reproducción se concede para un solo uso, y exclusivamente para la finalidad indicada en la solicitud. Cualquier reedición de la obra deberá contar con un nuevo permiso de reproducción.
  4. La autorización de reproducción se concede para un solo idioma, que ha de ser debidamente especificado en la solicitud. La edición en idioma o idiomas distintos al originalmente señalado deberá ser nuevamente solicitada y autorizada.
  5. El Museo de Bogotá – IDPC podrá solicitar en contraprestación una copia física o digital del material producto del uso de las imágenes del Museo de Bogotá que le hayan sido entregadas. En dado caso la persona solicitante se compromete a entregar el material dentro de los seis (6) meses siguientes a la publicación; si cumplida la fecha no se ha recibido dicho material, el usuario no podrá volver a acceder al servicio.
  6. En los casos en que los derechos patrimoniales de las obras no pertenezcan al dominio público o al Museo de Bogotá, la persona solicitante deberá tramitar los permisos requeridos con los derechohabientes de las obras, y entregarlos al Museo para que éste pueda proceder a la entrega de las imágenes.