Instituto Distrital de Patrimonio Cultural

Correo del Defensor de la Ciudadanía:

defensordelciudadano@idpc.gov.co

El Instituto Distrital de Patrimonio cultural – IDPC- en el marco del Decreto 847 del 30 de diciembre de 2019, delegó como Defensora de la Ciudadanía a la Subdirectora de Gestión Corporativa, quien dispondrá las medidas administrativas pertinentes para garantizar la efectiva prestación de los servicios a la ciudadanía.

 

Perfil del Defensor de la Ciudadanía:

Dr. Aura Herminda López Salazar

Subdirectora de Gestión Corporativa del IDPC

RESOLUCIÓN No. 19 DE 31-01-2023. “Por medio de la cual se designa a la Defensora de la Ciudadanía en el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural -IDPC- ”.

 

Funciones del Defensor de la Ciudadanía

1. Velar porque la entidad cumpla con las disposiciones normativas referentes al servicio a la ciudadanía.

2. Formular recomendaciones al Representante Legal de la entidad para facilitar la interacción entre la entidad y la ciudadanía, contribuyendo a fortalecer la confianza en la administración.

3. Analizar el consolidado de las peticiones que presente la ciudadanía sobre la prestación de trámites y servicios, con base en el informe que sobre el particular elabore la Oficina de Servicio a la Ciudadanía o quien haga sus veces, e identificar las problemáticas que deban ser resueltas por la entidad.

4. Diseñar e implementar estrategias de promoción de derechos y deberes de la ciudadanía, así como de los canales de interacción con la administración distrital disponibles, dirigidos a servidores públicos y ciudadanía en general.

5. Promover la utilización de diferentes canales de servicio a la ciudadanía, su integración y la utilización de Tecnologías de Información y Comunicaciones para mejorar la experiencia de la ciudadanía.

6. Elaborar y presentar los informes relacionados con las funciones del Defensor de la Ciudadanía que requiera la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y la Veeduría Distrital.

7. Las demás que se requieran para el ejercicio eficiente de las funciones asignadas.

 

¿En qué casos debe acudir al Defensor de la Ciudadanía?

  • Los ciudadanos y ciudadanas pueden dirigirse al Defensor de la Ciudadanía, para formular recomendaciones y propuestas con el fin de favorecer las buenas relaciones entre la ciudadanía y la entidad.
  • Después de acudir a otros canales de interacción con los Servidores públicos del Instituto y que la ciudadanía no encuentre solución o no quede conforme con la misma.
  • Cuando habiendo transcurrido el plazo legal desde la presentación de un requerimiento, el ciudadano o ciudadana no ha recibido  respuesta.

 

Informes Defensor de la Ciudadanía

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