¿Sabes de qué trata la carta de trato digno del IDPC? septiembre 25, 2020 – Publicado en: noticias – Etiquetas: ,

Es la herramienta que brinda a los ciudadanos y ciudadanas sus derechos y deberes, basados en la prestación de una atención y servicio amable, oportuno y confiable por parte de los funcionarios y contratistas de la entidad.

SUS DERECHOS

Ser tratados con el respeto y la consideración debida a la dignidad del ser humano.
Presentar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias, verbalmente, por escrito o por cualquier otro medio idóneo.

Obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos para el efecto.

Conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias, a su costa, de los respectivos documentos.
Formular alegaciones y aportar documentos u otros elementos de prueba en cualquier actuación administrativa en la cual tenga interés.

Recibir atención especial y preferente si se trata de personas con discapacidad, niñ@s, adolescentes, mujeres gestantes o adultos mayores y en general de personas en estado de indefensión o debilidad manifiesta de conformidad con lo establecido en la Constitución Política.

SUS DEBERES

Obrar conforme al principio de la buena y abstenerse de utilizar maniobras dilatorias en actuaciones.

Proporcionar un trato respetuoso a los servidores públicos y autoridades públicas.

Cumplir con los requerimientos o procedimientos establecidos por las normas vigentes en la Entidad, para acceder a los servicios o para adelantar trámites y solicitudes.

Solicitar, en forma oportuna y respetuosa, peticiones, trámites y/o servicios
Cuidar las instalaciones y elementos proporcionados para su servicio, comodidad y bienestar.

Informar sobre anomalías e irregularidades en la prestación del servicio.
Acatar la Constitución Política y las Leyes.

DEFENSOR DE LA CIUDADANÍA

Es quien dispondrá las medidas administrativas pertinentes para garantizar la efectiva prestación de los servicios a la ciudadanía.

En qué casos se debe acudir al Defensor de la Ciudadanía:

Cuando requiera formular recomendaciones y propuestas, con el fin de favorecer las buenas relaciones entre ciudadanos y ciudadanas y la entidad.

Después de presentar una solicitud o iniciar un trámite, el Instituto no brinde respuesta o solución al mismo o que la ciudadanía y/o Grupos de Interés no quede conforme con la respuesta dada.

Cuando habiendo transcurrido el plazo legal desde la presentación de un requerimiento, no haya recibido respuesta.

Contacto: defensordelciudadano@idpc.gov.co

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